Este proyecto es remitido por el departamento de Salud e Higiene de la Intendencia de
Salto, a la Comisión de Legislación y Reglamento de la Junta Departamental de Salto,
relativo a la limpieza e higiene del Departamento.
Es muy importante la aprobación de este proyecto de decreto para nuestro Departamento,
ya que actualiza distintas normas como los decretos 5544/85 (basurales en terrenos
baldíos), decreto 5918/97 (medidas de control, eliminación del mosquito Aedes Aegypti), a
la vez agrega a la normativa otras situaciones vinculadas a la higiene.
Estas disposiciones buscan, entre otras, contar con herramientas, desde la Intendencia,
para poder hacer frente, de mejor manera a la limpieza e higiene de la ciudad, a la vez de
disminuir al mínimo los sitios de posible reproducción del Aedes Aegypti (trasmisor de
dengue) y Lutzomia Lonipalpis (transmisor de leishmaniasis).
Consideramos que esta nueva normativa es más abarcativa permitiendo tener más control y
vigilancia ambiental en nuestro Departamento.
Incorporamos un nuevo artículo, en común acuerdo con las bancadas, referido a la
educación y difusión de estas disposiciones, que provocará mejorar nuestras conductas de
manera integral y coordinada entre diferentes actores institucionales y aquellos socialmente
organizados.
Esta normativa, permite sancionar con multas económicas cuando se infringe a través de
diferentes conductas y varios tipos de desechos, tanto domiciliarios como de comercios e
industrias. Regula las actividades relacionadas a la generación de basurales en diferentes
sitios, a la quema para eliminar basura, a el abandono de animales vivos o muertos en la
vía pública, a la limpieza y cercado de los predios, al uso de agua en floreros en
Cementerio, a los envases acumuladores de agua al aire libre, cubiertas al intemperie, a las
podas urbanas y cortes de pasto, al depósito de chatarras.
También es muy importante, una de las modificaciones que se realizaron, en común
acuerdo entre las bancadas de la Junta Departamental , referida a la educación y difusión,
la cual contempla que la Intendencia de Salto, deberá a través de distintos Departamentos,
impartir charlas o talleres informativos, programas de educación o proyectos, dirigida a la
población en general, a los efectos de generar conciencia ciudadana sobre las
consecuencias de la contaminación generada en el medio ambiente, en coordinación con
instituciones públicas o privadas, organizaciones sociales, comisiones vecinales, etc., así
como difundir esta reglamentación a través de todos los medios disponibles de la
Intendencia de Salto.
Comisión de Legislación y Reglamento
Carolina Palacios
Edila Frente Amplio
PROYECTO DE DECRETO PROHIBICIÓN DE ARROJAR RESIDUOS