Presentación de Proyecto de Decreto para el fomento del empleo en Salto por Edil Augusto Bonet.

El Edil de la Lista 180 del Partido Nacional Augusto Bonet presentó un proyecto de decreto destinado a la creación de nuevos puestos de trabajo a través de incentivos fiscales. El proyecto se basa en un crédito fiscal igual al 4% de los nuevos sueldos creados, el cual podrá ser utilizado para el pago de Contribución Inmobiliaria, Tasa de Contralor Comercial y Tasa Bromatológica.

Sumado a esto el proyecto incluye mayores beneficios para las empresas que contraten empleados menores de 25 años o mayores de 50 años, una franja etaria sumamente vulnerable en términos de acceso al trabajo.

El proyecto de decreto se basa en similares medidas propuestas por la bancada de ediles del Partido Nacional de Montevideo, las cuales fueron tomadas por la Intendenta de ese departamento. La situación económica y social del departamento de Salto amerita medidas de esta índole para darle trabajo genuino y real a los salteños. Además el Gobierno Nacional de Luis Lacalle Pou ha llevado adelante medidas en este aspecto, destacando las exoneraciones de aportes y los jornales solidarios.

En la sesión del día jueves el proyecto fue ingresado con los votos de todos los ediles del Partido Nacional y el Partido Colorado, pero fue solamente apoyado por dos ediles del Frente Amplio, lo que genera gran sorpresa al tratarse de una medida tan necesaria y urgente para los salteños.

Ahora el proyecto pasa a disposición del Intendente de Salto, quién deberá decidir si lo remite nuevamente a la Junta Departamental para su aprobación definitiva. La bancada de ediles de la Lista 180 opina que el Intendente de Salto estará de acuerdo con la propuesta, ya que se trata de una medida que ha sido exigida por el propio Frente Amplio. Si así no fuera, estaría demostrando que los pedidos del Frente Amplio son exigencias sin sentido, y que el Intendente Andrés lima pregona el tan triste “haz lo que yo digo, pero no lo que yo hago”.

El Edil Augusto Bonet seguirá el trámite del proyecto desde cerca, ya que considera que es una propuesta que ayudará a generar nuevos puestos de trabajo en Salto, algo que es sumamente importante considerando la crisis social y económica que atraviesa nuestro departamento.

 

Adjuntamos proyecto presentado en la Junta Departamental.

 

 

 

Salto, 17 de junio del 2021.

PROYECTO DE DECRETO: INCENTIVOS PARA LA GENERACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL DEPARTAMENTO DE SALTO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

Es sabido que el mundo está viviendo una profunda crisis derivada de la pandemia del COVID-19, la cual naturalmente afecta a nuestro país de forma severa y preocupante.

Gracias a la responsabilidad y el compromiso de todos los uruguayos el Gobierno ha decidido no detener la economía, algo que ha permitido que la crisis social y económica no haya sido tan profunda como en otros países de la región y el mundo. De todas formas, y remitiéndonos a los datos socioeconómicos derivados de estudios académicos y el Instituto Nacional de Estadística, muchos Uruguayos han sido fuertemente afectados por la pandemia.

En mayo del 2021 se abrió un llamado para cubrir quince mil puestos laborales temporarios en las diecinueve intendencias del País, un proyecto financiado por el Gobierno Nacional y apoyado por las Intendencias Departamentales. Para dicho llamado las inscripciones superaron las doscientas mil personas, lo que demuestra a las claras que estamos ante una crisis en el empleo.

Sumado a esto, y como factor determinante, el Departamento de Salto está sumergido en una estructural crisis laboral que nos afecta hace años. Los escasos niveles de desarrollo, las desalentadoras proyecciones económicas y los problemas de estructura del empleo generaron un importante ambiente que hizo aún más profunda la crisis derivada de la Pandemia que golpea al mundo. Por tal motivo se considera de suma importancia la búsqueda de soluciones para amortiguar la crisis de empleo que vive nuestro departamento.

Aunque consideramos de extrema importancia que las soluciones sean pactadas y estructurales, es importante tomar medidas inmediatas que dinamicen la economía y le den trabajo a los Salteños. También es importante considerar que el empleo genuino es aquel que nace del sector privado y que,

por sus características legales y económicas, tiende a ser sostenible en el tiempo.

La Intendencia de Montevideo, en el marco de su plan ABC y en base a una propuesta realizada por la Bancada de Ediles del Partido Nacional de la capital, ha remitido a la Junta de Montevideo un proyecto de decreto que busca fomentar la creación de trabajo privado incentivando a las empresas a través de exoneraciones fiscales de tributos departamentales. Este proyecto, concordante con las medidas exigidas por la oposición y tomadas por el Gobierno Nacional, es la base del proyecto de decreto a presentar.

En primer lugar se establece que todo trabajo creado durante los meses de mayo del 2021 y mayo del 2022 se considerará trabajos nuevos, por lo que computarán para las exoneraciones planteadas. A su vez se establece que el crédito a favor de las empresas podrá ser usado hasta julio del 2022.

El beneficio fiscal es igual al 4% de la nueva masa salarial pagada en el trimestre anterior a la solicitud de la exoneración, y se establece que la empresa podrá incluir en el cálculo los seis primeros meses de salario de cada nuevo trabajador. Se establecen aclaraciones específicas para los jornaleros, aunque cumplen el mismo principio general de los seis meses posteriores al ingreso.

Sabiendo que los jóvenes y adultos mayores de cincuenta años son grupos etarios especialmente vulnerables en el mercado laboral es que se plantea un incremento del 2% en el incentivo para la contratación de trabajadores que cumplan con estas condiciones, llevando el beneficio a un 6% de la masa salarial creada.

El proyecto de decreto faculta a la intendencia a establecer topes y condiciones de las empresas, esto asegura que dicha exoneración no implique un esfuerzo imposible de realizar por las finanzas departamentales. Además, y como herramienta para que la zafralidad no afecte el concepto de “nuevos trabajadores”, se faculta al ejecutivo a reglamentar condiciones con respecto a este tipo de trabajos.

Al ser un proyecto de iniciativa privativa del Intendente de Salto los cambios y modificaciones del mismo serán realizados por el ejecutivo departamental antes de remitir a la Junta Departamental de Salto el Proyecto Final.

 

PROYECTO DE DECRETO.

 

Artículo 1º: Facúltese a la Intendencia de Salto a otorgar beneficios fiscales a las empresas que generen puestos de trabajo desde el 1º de mayo del 2021 hasta el 1º de mayo del 2022.

Los trabajos generados se deberán ajustar estrictamente a la reglamentación laboral vigente y los laudos correspondientes para cada sector de actividad.

Ninguna empresa que haya despedido a trabajadores luego del 1º de enero del 2021 podrá ampararse en el presente beneficio, salvo que los despidos se hayan producido por causales de notoria mala conducta. Tampoco podrán ampararse a este Decreto empresas que hayan enviado a trabajadores al Seguro de Paro luego del 1º de enero del 2021.

Artículo 2º: El beneficio fiscal consistirá de un crédito a favor de la empresa para ser utilizado en el pago de tasas y tributos departamentales. El crédito podrá ser utilizado desde el 1º de Julio del 2021 hasta el 1º de Julio del 2022 indistintamente en el pago de la Contribución Inmobiliaria Urbana, Contribución Inmobiliaria Rural, Tasa Contralor de Comercio y Tasa Bromatológica.

Artículo 3º: El monto a acreditar será igual al 4% (cuatro por ciento) de la suma de los nuevos salarios creados por la empresa en el trimestre anterior. Los certificados de crédito se otorgarán cada tres meses y respetarán los mecanismos y topes fijados por la Intendencia de Salto en la regulación del presente Decreto.

Para todo nuevo trabajador menor a 25 (veinticinco) años y mayor a 50 (cincuenta) años se acreditará el 6% (seis por ciento) de la suma de los nuevos salarios creados por la empresa en el trimestre anterior.

Artículo 4º: A los efectos del presente decreto se considerarán “nuevo salarios creado por la empresa” a los seis primeros meses de salario de los trabajadores contratados luego del 1º de mayo del 2021. Todos los sueldos pagos luego de mayo del 2022 no se contabilizarán para el beneficio.

Para los trabajadores jornaleros se considerarán “nuevos salarios creados por la empresa” a los jornales pagos en los siguientes seis meses luego del primer jornal trabajado. Se considera un “nuevo salario creado por la empresa” siempre que el nuevo trabajador no haya desempeñado funciones en la misma empresa entre el 1º de mayo del 2020 y el 1º de mayo del 2021.

Artículo 5º: Las empresas interesadas deberán presentar ante la oficina correspondiente:

– Planilla de trabajo unificada.

– Recibos de sueldos firmados por los trabajadores.

– Otra documentación exigida por la Intendencia de Salto.

 

Artículo 6º: La Intendencia de Salto reglamentará el presente decreto estableciendo los mecanismos de acreditación del beneficio, requisitos de las empresas, condiciones de trabajos zafrales, mecanismos para solicitar el beneficio y topes.

 

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