Policiales

AMPLIACIÓN DE COMUNICADO DE PRENSA N.º 408. FORMALIZADOS.

Desde el día 28 de Agosto de acuerdo a información colectada, analizada por personal de Coordinación de las Áreas Investigativas, donde surge que un vehículo vendría con destino a Salto cargado de mercadería de origen brasileño en infracción aduanera y que el conductor habría pasado la mercadería por el puente BELLA UNIÓN- QUARAÍ (BRASIL), la que era pasada en su auto realizaba maniobras fraudulentas con personal de ADUANAS y del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (SANIDAD) apostados en el paso frontera para realizar control para poder así continuar con su camino, por lo que se inicia la investigación.

Se realizaron varias detenciones coordinadas con la Fiscalía, en procura del esclarecimiento de los hechos.

Culminadas las actuaciones en Policía y después de recabadas las pruebas suficientes por parte de oficina de Área Coordinación Investigativa dónde se pudo comprobar el delito tipificado y una vez culminadas las actuaciones en Sede Judicial dispone: Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, se condenó a
 F.P.A.C. ;  J.M.A.G.;  E.A.S.M.; como autores penalmente responsables de reiterados delitos de cohecho calificado especialmente agravado en calidad de autores a la pena de veinticuatro meses de prisión, debiendo cumplirse doce (12) meses en prisión efectiva y los doce(12) meses restantes en régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir los penados las siguientes obligaciones:
a) residencia en su domicilio denunciado, b) sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA, c) presentación en la seccional policial de su domicilio una vez por semana sin permanencia y d) prestación de servicios comunitarios, por el plazo de 30 días, una vez por semana, dos horas teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Disponese la inhabilitación especial prevista en el 
Artículo 76 del código penal por el término de dos años y una multa de 100 UR a cada uno con descuento del tiempo de privación de libertad que hubieren sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor previstas en el Articulo 105 literal e del código penal.
Ejecutoriada, cúmplase, liquídese y comuníquese la pena. Notifíquese a la victima en un plazo de 10 días cometiéndose a la autoridad policial. Líbrese Oficio al ITF, a la Jefatura de Salto, a la OSLA, a Migraciones y a la corte electoral si correspondiere. Confísquese los celulares incautados en autos como instrumentos del delito en función de lo previsto en el art. 105 del cód. Penal. Se comete a la autoridad policial la notificación de la presente resolución, a la víctima en el plazo de diez días, conforme lo dispone el art. 273.7 del CPP una vez prontuario, se solicita se sirva disponer la remisión de los recaudos respectivos a la brevedad.

1.- SINIESTRO DE TRANSITO.

Próximo a la hora 18:55’, dos menores de edad, los que se desplazaban en una moto por Avda. Tomas Berreta (Costanera Norte) frente a los locales bailablespor razones que se desconocen pierden el dominio del mismo, cayendo al pavimento. Al lugar concurrió Emergencia UCMS, vistos ambos por médico a cargo diagnóstico: “Politraumatizados ambos, trasladado al Hospital Regional Salto”, sin más datos ya que la moto fue retirada del lugar por particulares antes del arribo de la policía. Trabajo en el lugar Brigada Departamental de Transito.

2.- SINIESTRO DE TRANSITO.

En calles Artigas y Sarandí, próximo a la hora 19:20’, se concurre por siniestro de transito entre dos motos. Al lugar concurren Unidades de Emergencia UCMS y EMI, donde médico a cargo diagnostica para la conductora, femenina mayor de edad: “Politraumatizada traslado a Hospital Regional Salto; por otra parte el conductor masculino mayor de edad, atendido por facultativo diagnostica: “politraumatizado zona lumbar, alta en el lugar”. Concurre Policía Científica, se hace cargo del procedimiento personal de Brigada de Transito.

3.- VEHÍCULO CON IRREGULARIDADES.

Por intermedio de cámaras Ministeriales siendo hora 04:50’, se deriva personal a Avenida Wilson Ferreira Aldunate y Cuareim por vehículo con aparentes irregularidades. En el lugar personal policial verifica documentación con quien dijo ser el propietario del vehículo, no validando chapa matrícula con motor y chasis. Entrevistado a un masculino mayor de edad, manifestó en forma voluntaria que entregó las chapas en la Intendencia y les colocó cualquiera para poder circular. Consultado Fiscalía dispuso: “actas por Artículo 61 al masculino, incautación del vehículo y emplazado sin fecha”. Se trabaja.

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