El trámite es obligatorio para quienes cumplan 18 años al 12 de mayo de 2030. No tiene costo y ya puede gestionarse en las oficinas electorales.
La Corte Electoral anunció este lunes el inicio del período inscripcional 2025-2029. Todas las personas nacidas en el territorio uruguayo que cumplan 18 años de edad al 12 de mayo de 2030 inclusive deben gestionar su credencial cívica de forma obligatoria.
Documentación requerida
Personas nacidas en Uruguay
- Partida de nacimiento legible y en buen estado.
- Cédula de identidad u otro documento público o privado con foto que contenga los mismos nombres y apellidos que la partida presentada.
Personas nacidas en el exterior, hijos o nietos de uruguayos
- Número de expediente otorgado al solicitar el certificado de avecinamiento.
- Documento con foto que permita comprobar la identidad.
Personas extranjeras sin descendencia oriental
- Ciudadanos legales: carta de ciudadanía con al menos tres años de otorgada.
- Extranjeros sin ciudadanía legal: certificado de residencia emitido por la Corte Electoral.
A tener en cuenta
- El trámite es gratuito.
- No se requiere agenda previa: se atiende por orden de llegada.
- La partida de nacimiento no vence, pero debe estar en buen estado.
- En Montevideo, no es necesario presentar la partida si la persona está inscripta en el Registro Civil de ese departamento, ya que puede imprimirse en el momento.
- No es obligatorio haber cumplido 18 años para iniciar el trámite; alcanza con cumplirlos al 12 de mayo de 2030.
- La credencial no se entrega en el momento, pero se entrega un comprobante con la serie y número correspondiente, válido para realizar trámites (excepto pasaporte).
- Para retirarla, se debe presentar el comprobante o la cédula en la oficina electoral del departamento. Otra persona puede retirarla en su lugar siempre que presente el comprobante.
Toda la información está disponible en el sitio web de la Corte Electoral.
