Jerarcas del área legal del Gobierno departamental fundamentaron jurídicamente la legalidad del procedimiento aplicado para la designación del ingeniero Juan Manuel Texeira como director del Departamento de Obras —decisión que el intendente Carlos Albisu ratificó públicamente—, mostraron su sorpresa y cuestionaron la resolución de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) que exhortó a la Intendencia de Salto a revisar la designación.
La directora de Gestión Administrativa, Myrna Haller, manifestó que “llama poderosamente la atención esta resolución de la JUTEP, en tanto en su numeral 4 se establece que se tuvo en cuenta, para las consideraciones realizadas, el organigrama que figura en el portal web de la Intendencia de Salto”.
Haller explicó que “ese documento es simplemente un gráfico esquemático, no una norma jurídica”. Agregó que “debió haberse considerado el decreto 7327 del año 2021, que establece claramente la organización administrativa del Gobierno Departamental de Salto”.
“Nosotros somos muy cuidadosos en la aplicación de la normativa vigente, actuamos conforme a ella. El intendente tiene la potestad de designar a sus directores y asignarles sus competencias, tal como lo prevé la legislación”, subrayó la escribana y jerarca de la actual administración departamental.
Por su parte, el asesor legal de la Intendencia de Salto, Héctor Ferreira, coincidió con las apreciaciones de Haller, señalando que “resulta muy llamativo el contenido y la fundamentación de la resolución, en la que se considera como insumo un esquema meramente informativo disponible en la web institucional”.
Ferreira aclaró que “ese esquema no corresponde al diseño orgánico de esta administración, ya que el nuevo organigrama será aprobado junto con la próxima norma presupuestal. En cualquier caso, dicho gráfico no puede tener preeminencia sobre los textos constitucionales y legales”.
“El organigrama vigente —establecido por el decreto 7327/2021, aún en plena vigencia— determina que los directores de departamento son dependientes directos del intendente, designados por él, titulares de las competencias y atribuciones que el jefe comunal les delegue. Todo esto está expresamente previsto en la Constitución”, explicó el abogado.
Asimismo, recordó que “la Secretaría General integra el sistema administrativo, pero no ejerce jerarquía sobre los departamentos, cuya dependencia es directamente con el intendente. Esto está claramente determinado en el artículo 10 de la ley departamental”.
Ferreira destacó que “el Gobierno Departamental de Salto es muy respetuoso de las competencias de todos los órganos del Estado, pero no puede dejar de señalar que sorprende que se haya emitido una resolución tomando como base un esquema informativo, cuando existe una ley departamental vigente que regula la estructura administrativa”.
“Esa norma —añadió— expresa la voluntad del Gobierno Departamental, aprobada por la Junta Departamental y la Intendencia, y por tanto tiene jerarquía legal por encima de cualquier interpretación basada en un gráfico ilustrativo”.
De esta manera, las autoridades del gobierno de Salto reafirmaron que la designación del ingeniero Juan Manuel Texeira Núñez como director del Departamento de Obras se ajusta plenamente a derecho y se encuentra en concordancia con la normativa vigente.